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     Tramitación de libreta de tripulante terrestre
 
 

Tiene como finalidad controlar la salida y entrada de los tripulantes de vehículos de transporte internacional de mercancía y pasajeros por carreteras en concordancia a lo establecido en la decisión 398 y 399 de fecha 27 de Enero de 1997 del Acuerdo de Cartagena.

Requisitos:

  1. Solicitud Individual de Libreta de Tripulante Terrestre, con la respectiva firma y sello del representante legal.
  2. Fotocopia de la cédula de identidad (venezolanos y extranjeros residentes).
  3. En caso de que el tripulante sea extranjero residente deberá anexar fotocopia del pasaporte donde aparezca estampada la respectiva visa vigente.
  4. Certificado de un laboratorio que determine el grupo sanguíneo.
  5. Dos (02) fotografías tamaño carnet en fondo azul.
  6. Una (01) fotocopia del Certificado de Idoneidad en el caso que sea transporte de mercancía o el permiso original de prestación de servicio en el caso que sea transporte de pasajeros, otorgados por el Ministerio de Infraestructura y el Ministerio de Transporte de Colombia vigente con sus anexos
  7. Original y dos fotocopias  del Registro Mercantil.
  8. Cancelación en depósito bancario de tres unidades tributarias (3 U.T.).

Nota:

  • LOS DEPÓSITOS BANCARIOS DEBEN SER PERSONALIZADOS Y  REALIZARSE EN LAS CUENTAS QUE APARECEN EN LA PAGINA WEB DEL SAIME (WWW.SAIME.GOB.VE) Números de Cuenta aquí

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