- Pasaporte válido y vigente.
- Acta de nacimiento o Cédula de Identidad (de ser necesario).
- Acta de Matrimonio original.
- Cumplir con los requisitos de las Autoridades Migratorias del país de destino.
NOTA
- Las Autorizaciones de Viaje emitidas en el exterior, deben venir avaladas por la Misión Diplomática o Representación Consular venezolana en el país donde se emite la autorización. En su defecto debe estar avalado con el sello de la Apostilla de La Haya (Convenio para suprimir la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros).
- Si uno de los progenitores o ambos han fallecido, debe presentar el Acta de Defunción original.
2. Venezolanos (as) con Doble Nacionalidad
- Pasaporte de la segunda nacionalidad (vigente).
- Otro documento probatorio de la nacionalidad venezolana (Art. 11 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía).
Partida de Nacimiento.
Cédula de Identidad.
Pasaporte (venezolano puede ser vencido).
Carta de Naturaleza.
- Cumplir con los requisitos de las Autoridades Migratorias del país de destino.
3. Venezolanos (as) viajando a la República Argentina, a la República de Chile, a la República Federativa del Brasil
- Pasaporte venezolano válido y vigente
- Cédula de Identidad.
NOTA: Requisitos establecidos en el Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados.
4. Venezolanos (as) viajando al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
- Pasaporte Andino, se requiere visa consular británica para ingresar a territorio británico en calidad de turista o en tránsito.
- Pasaporte Electrónico, exentos de solicitar visado consular.
5. Para la salida del país de extranjeros (as).
Extranjeros y Extranjeras Naturalizados (Decreto Presidencial Año 2004)
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (vigente).
- Cédula de Identidad venezolana (vigente).
- Gaceta Oficial de Naturalización vigente o copia certificada.
Extranjeros y Extranjeras con Condición Establecida en el País (Migrantes Permanentes).
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (vigente).
- Visa de Transeúnte o Residente.
- Cédula de Identidad venezolana.
6. Para la entrada del país de Ciudadanos (as) venezolanos (as):
Requisitos:
- Pasaporte vigente o vencido.
- Cédula de Identidad (en caso de ser necesario).
NOTA: En caso de extravió o robo del pasaporte venezolano en el exterior, puede ingresar con Documento de Viaje emitido por la Misión Diplomática o Representación Consular venezolana; esto Documento se emite cuando la persona ha realizado la denuncia respectiva.
7. Para la entrada del país de Extranjeros (as):
Extranjeros y Extranjeras Naturalizados (Decreto Presidencial Año 2004) .
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (vigente).
- Cédula de Identidad venezolana (vigente).
- Gaceta Oficial de Naturalización vigente o copia certificada.
Extranjeros (as) con condición establecida en el país (Migrantes Permanentes).
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (vigente).
- Visa de Transeúnte o Residente.
- Cédula de Identidad venezolana.
Extranjeros (as) en calidad de No Migrantes (Turistas).
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (vigente, mínimo seis meses).
- Visa consular estampada en el pasaporte vigente (quienes la requieran).
Extranjeros (as) en calidad de No Migrantes (Turistas) nacionales de países beneficiados con la Supresión de Visado Consular en Pasaportes Ordinarios.
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (con una vigencia mínima de seis meses).
Extranjeros (as) Nacionales de países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (Decisión 603) Vía Aérea.
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (con una vigencia mínima de seis meses).
- Carta de Invitación Notariada.
- Reservación de Hotel.
- Boleto aéreo de retorno.
NOTA: Aplica para los nacionales de Bolivia, Colombia y Perú.
Extranjeros (as) Nacionales de países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (Decisión 603) Vía Terrestre o Marítima.
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (con una vigencia mínima de seis meses).
- Visa Consular estampada en el pasaporte ordinario.
NOTA: Aplica para los nacionales de Bolivia, Colombia y Perú.
Extranjeros (as) Nacionales de la República del Ecuador.
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (con una vigencia mínima de seis meses).
Extranjeros y Extranjeras Nacionales de la República Argentina, la República de Chile y la República Federativa de Brasil (Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados).
República Argentina
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Libreta Cívica.
- Libreta de Enrolamiento.
- Cédula de Identidad.
- Pasaporte.
República de Chile
- Cédula de Identidad.
- Pasaporte.
República Federativa de Brasil
- Cédula de Identidad expedida por cada Estado de la Federación con validez nacional
- Cédula de Identidad para extranjeros expedida por la Policía Federal.
- Pasaporte.