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DIVISIÓN DE MIGRACIÓN
Es la encargada de vigilar a través de las Oficinas de Migración adscritas a los Departamentos a su cargo, que el ingreso y salida de los ciudadanos nacionales y extranjeros estén apegados al marco jurídico nacional. Además de manejar toda la información pertinente al flujo migratorio a través de los puntos de control ubicados en el territorio nacional, así como el registro y control de los trabajadores extranjeros en las zonas fronterizas.
Se encarga de procesar y notificar a las oficinas de Migración a nivel nacional, sobre la imposición o suspensión de aquellas medidas de prohibición de salida a ciudadanos (as) venezolanos (as) y extranjeros (as), prohibición de entrada a ciudadanos extranjeros (deportaciones y/o expulsiones) y ordenes de captura impuestas a ciudadanos (as) venezolanos (as) o extranjeros (as) por los Tribunales y Juzgados de la República y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Se encarga de la emisión certificada por la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas de los registros de entradas y/ o salidas del territorio nacional de los ciudadanos (as) venezolanos (as) y extranjeros (as) por los principales puertos, puestos fronterizos y aeropuertos del país; siendo un documento válido ante cualquier ente gubernamental y privado dentro y fuera del país.
Se encarga de programar, dirigir, coordinar, controlar, supervisar e inspeccionar la estadía de ciudadanos extranjeros en los hoteles, pensiones y sitios de hospedaje a nivel nacional, en cooperación con los órganos de seguridad del estado.
DIVISIÓN DE OPERACIONES
Es la encargada de planificar, organizar, dirigir y controlar con la mayor transparencia, las operaciones de la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas, en materia de inspecciones, comisiones nacionales e internacionales, además de prestar apoyo, a los diferentes cuerpos de seguridad del estado venezolano en materia migratoria.
Es el Departamento delegado para coordinar y controlar, a través de los jefes de oficina de migración ubicadas en los puestos terrestres a largo y ancho del territorio nacional, la entrada y salida de todos los ciudadanos y ciudadanas indistintamente de su nacionalidad, garantizando la ejecución de las medidas legales contempladas en el marco jurídico nacional e internacional.
Es el Departamento delegado para coordinar y controlar, a través de los jefes de oficina de migración ubicadas en puertos y aeropuertos a largo y ancho del territorio nacional, la entrada y salida de todos los ciudadanos y ciudadanas indistintamente de su nacionalidad, garantizando la ejecución de las medidas legales contempladas en el marco jurídico nacional e internacional.
- Departamento de Control de Aprehendidos y Deportados
El principal objetivo del departamento es la ejecución de los procesos relacionados con la elaboración de los expedientes, custodia, traslado, deportación y/o expulsión de ciudadanos extranjeros que se encuentran en condición irregular en el Territorio Nacional, según lo establecido en la Ley de Migración y Extranjería.
- Departamento de Migración Laboral (Braceros)
Su principal función es la expedición de la Libreta de Tripulante Terrestre a los venezolanos y extranjeros residentes que laboran como conductores de los vehículos de transporte; además de coordinar la expedición del Carnet Agropecuario e Industrial Fronterizo a través de las Oficinas de Migración de los Puestos Fronterizos facultadas por la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas.
- Sala Situacional (SSGS_SAIME_MI).
Se encarga de recopilar, procesar y publicar toda la información de las actividades realizadas por los diferentes departamentos que conforman la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas, la cual se registra y presenta en forma estadística y grafica y en mapas analogicos y digitales y es utilizada para la elaboración de informes que solicite el Director Nacional de Migración o el Director General del SAIME, así como los diferentes entes del Estado Venezolano. Adicionalmente se encarga de la plan ificacion estrategica para el monitoreo y despliegue de los diferentes puntos migratorios.Por lo tanto, esta información es utilizada para realizar reuniones donde se planifican estrategias de trabajo y/o para la toma de decisiones según sea el caso.
SERVICIOS
Inclusión y suspensión de prohibiciones de salida y/ o entrada al país
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Inclusión (imposición de medida)
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Prohibición de Salida del país
Oficio emanado de un Tribunal ó Juzgado de la República, donde se impone la medida cautelar.
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Prohibición de Entrada al país
Oficio emanado de un Tribunal ó Juzgado de la República, donde se impone la medida de prohibición de entrada al país.
Oficio emanado por la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas (en caso de deportación o expulsión).
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Suspensiones (levantamiento de la medida)
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Prohibición de salida del país
Requisitos:
Oficio en original y/o copia debidamente certificado, emanado de un Tribunal ó Juzgado de la República, donde se levanta la medida de prohibición de salida del País.
- Suspensiones de entrada al país
Requisitos:
Haber trascurrido dos (2) años desde la imposición (en caso de la persona haya sido deportada).
Transcurrido este periodo, debe dirigirse al Departamento de Prohibiciones adscrito a la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas del SAIME, Ubicada en la Av. Baralt, Edif. Mil (Sede Central del SAIME), Piso 3, Frente a la Plaza Miranda.
Requisitos para la entrada y salida por Puntos de Control Migratorio (Puertos, Aeropuertos y Puestos Fronterizos)
Para la salida del país de Ciudadanos (as) venezolanos (as):
Requisitos:
- Pasaporte válido y vigente.
- Cédula de Identidad (de ser necesario).
- Cumplir con los requisitos de las Autoridades Migratorias del país de destino.
Niños, Niñas o Adolescentes
- Viajando con ambos progenitores:
- Pasaporte válido y vigente.
- Acta de nacimiento o Cédula de Identidad (de ser necesario).
- Cumplir con los requisitos de las Autoridades Migratorias del país de destino.
- Viajando con uno de los progenitores (sea la madre o el padre):
- Pasaporte válido y vigente.
- Acta de nacimiento o Cédula de Identidad (de ser necesario).
- Autorización de viaje emitida por una Notaria Pública, por el Consejo Nacional de Protección del Niño o del Adolescente o del Tribunal de Protección del Niño, Niña o del Adolescente (en caso de intervención judicial).
- Cumplir con los requisitos de las Autoridades Migratorias del país de destino.
- Viajando solos o con terceras personas:
- Pasaporte válido y vigente.
- Acta de nacimiento o Cédula de Identidad (de ser necesario).
- Autorización de viaje emitido por una Notaria Pública, por el Consejo Nacional de Protección del Niño o del Adolescente o del Tribunal de Protección del Niño, Niña o del Adolescente (en caso de intervención judicial).
- Cumplir con los requisitos de las Autoridades Migratorias del país de destino.
- Pasaporte válido y vigente.
- Acta de nacimiento o Cédula de Identidad (de ser necesario).
- Acta de Matrimonio original.
- Cumplir con los requisitos de las Autoridades Migratorias del país de destino.
NOTA:
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Las Autorizaciones de Viaje emitidas en el exterior, deben venir avaladas por la Misión Diplomática o Representación Consular venezolana en el país donde se emite la autorización. En su defecto debe estar avalado con el sello de la Apostilla de La Haya (Convenio para suprimir la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros).
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Si uno de los progenitores o ambos han fallecido, debe presentar el Acta de Defunción original.
Venezolanos (as) con Doble Nacionalidad
- Pasaporte de la segunda nacionalidad (vigente).
- Otro documento probatorio de la nacionalidad venezolana (Art. 11 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía).
- Partida de Nacimiento
- Cédula de Identidad
- Pasaporte (venezolano puede ser vencido)
- Carta de Naturaleza
- Cumplir con los requisitos de las Autoridades Migratorias del país de destino.
Venezolanos (as) viajando a la República Argentina, a la República de Chile, a la República Federativa del Brasil
- Pasaporte venezolano válido y vigente.
- Cédula de Identidad.
NOTA: Requisitos establecidos en el Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados.
Venezolanos (as) viajando al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
- Pasaporte Andino, se requiere visa consular británica para ingresar a territorio inglés en calidad de turista o en tránsito.
- Pasaporte Electrónico, exentos de solicitar visado consular.
Para la salida del país de extranjeros (as).
Extranjeros y Extranjeras Naturalizados (Decreto Presidencial Año 2004)
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (vigente).
- Cédula de Identidad venezolana (vigente).
- Gaceta Oficial de Naturalización vigente o copia certificada.
Extranjeros y Extranjeras con Condición Establecida en el País (Migrantes Permanentes)
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (vigente).
- Visa de Transeúnte o Residente.
- Cédula de Identidad venezolana.
Para la entrada del país de Ciudadanos (as) venezolanos (as):
Requisitos:
- Pasaporte vigente o vencido.
- Cédula de Identidad (en caso de ser necesario).
NOTA: En caso de extravió o robo del pasaporte venezolano en el exterior, puede ingresar con Documento de Viaje emitido por la Misión Diplomática o Representación Consular venezolana; esto Documento se emite cuando la persona ha realizado la denuncia respectiva.
Para la entrada del país de Extranjeros (as):
Extranjeros y Extranjeras Naturalizados (Decreto Presidencial Año 2004)
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (vigente).
- Cédula de Identidad venezolana (vigente).
- Gaceta Oficial de Naturalización vigente o copia certificada.
Extranjeros (as) con condición establecida en el país (Migrantes Permanentes)
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (vigente).
- Visa de Transeúnte o Residente.
- Cédula de Identidad venezolana.
Extranjeros (as) en calidad de No Migrantes (Turistas)
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (vigente, mínimo seis meses).
- Visa consular estampada en el pasaporte vigente (quienes la requieran).
Extranjeros (as) en calidad de No Migrantes (Turistas) nacionales de países beneficiados con la Supresión de Visado Consular en Pasaportes Ordinarios.
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (con una vigencia mínima de seis meses).
Extranjeros (as) Nacionales de países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (Decisión 603) Vía Aérea.
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (con una vigencia mínima de seis meses).
- Carta de Invitación Notariada.
- Reservación de Hotel.
- Boleto aéreo de retorno.
NOTA: Aplica para los nacionales de Bolivia, Colombia y Perú
Extranjeros (as) Nacionales de países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (Decisión 603) Vía Terrestre o Marítima.
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (con una vigencia mínima de seis meses).
- Visa Consular estampada en el pasaporte ordinario.
NOTA: Aplica para los nacionales de Bolivia, Colombia y Perú
Extranjeros (as) Nacionales de la República del Ecuador.
- Pasaporte de la nacionalidad originaria (con una vigencia mínima de seis meses).
Extranjeros y Extranjeras Nacionales de la República Argentina, la República de Chile y la República Federativa de Brasil (Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados).
República Argentina:
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Libreta Cívica
- Libreta de Enrolamiento
- Cédula de Identidad
- Pasaporte
República de Chile:
- Cédula de Identidad
- Pasaporte
República Federativa de Brasil:
- Cédula de Identidad expedida por cada Estado de la Federación con validez nacional
- Cédula de Identidad para extranjeros expedida por la Policía Federal
- Pasaporte
Departamento de Movimiento Migratorio
Movimiento Migratorio es la certificación suscrita por la Dirección de Migración y Zonas Fronterizas, de los movimiento de entrada y salida de los ciudadanos (as) venezolanos (as) y extranjeros (as) , siendo un documento válido ante cualquier institución pública o privada.
Requisitos:
Entes Públicos y Privados
Solicitar la certificación del movimiento migratorio de los ciudadanos (as) venezolanos (as) y extranjeros (as) mediante un oficio debidamente firmado y sellado por la autoridad respectiva y remitirlo al Departamento de Movimiento Migratorio. Ubicado en el piso 3 del Edif. Mil, SAIME Sede Central, Plaza Miranda.
Personas naturales
Los ciudadanos (as) venezolanos (as) y extranjeros (as) dirigirse al Departamento de Movimiento Migratorio, ubicado en el piso 3 del Edif. Mil, SAIME Sede Central, Plaza Miranda.
Ciudadanos venezolanos
- Planilla de solicitud.
- Fotocopia de la cedula de identidad vigente.
- Exposición de motivos en papel sellado (especificando nombre y apellido, cedula de identidad, nacionalidad, escrito en maquina de escribir o en computadora).
- Si el tramite es realizado por un intermediario, debe presentar una autorización notariada y/o poder, con fotocopia de la cedula de identidad.
- Cancelación en depósito bancario de una unidad tributaria (1 U.T.) (personalizado).
Ciudadanos extranjeros
- Planilla de solicitud.
- Fotocopia del pasaporte con la visa vigente.
- Fotocopia de la cedula de identidad vigente.
- Exposición de motivos en papel sellado (especificando nombre y apellido, cedula de identidad, nacionalidad, escrito en maquina de escribir o en computadora).
- Si el tramite es realizado por un intermediario, debe presentar una autorización notariada y/o poder, con fotocopia de la cedula de identidad.
- Cancelación en depósito bancario de tres unidades tributarias (3 U.T.) (personalizado).
Nota:
- LOS DEPÓSITOS BANCARIOS DEBEN SER PERSONALIZADOS Y REALIZARSE EN LAS CUENTAS QUE APARECEN EN LA PAGINA WEB DEL SAIME (WWW.SAIME.GOB.VE) Números de Cuenta aquí
Departamento de Hoteles, Posadas, Pensiones y Transporte
Atención al público: lunes a viernes
8:00 a.m – 12:00 p.m
Requisitos:
- Solicitud al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería sobre la apertura del expediente para el control de hoteles, pensiones o sitios de hospedaje.
- Original y dos copias del Registro mercantil actualizado.
- Original y dos copias de la Cédula de Identidad del propietario o encargado del hotel, pensión o sitios de hospedaje.
- Original y dos copias de la Patente de industria y Comercio vigente.
- Original y dos copias del Registro de Identificación Fiscal (RIF).
- Original y dos copias del Permiso sanitario.
- Original y dos copias del Permiso de hábitat (vigente) otorgado por los bomberos.
- Fotografía tamaño carnet del propietario y de la fachada del hotel o establecimiento.
- Registro de control de entrada y salida de huéspedes en hoteles, pensiones o sitios de hospedaje.
Departamento de Migración Laboral
Tiene como función llevar el control de las personas que ingresan al país en condición de trabajadores temporeros en concordancia con el contenido del Acuerdo de Tonchalá.
Requisitos:
- Original y Dos (2) Copias del Documento de propiedad de la finca o Registro Mercantil.
- Original y Dos (2) Copias de la Cédula de Identidad del propietario o representante legal.
- Original y Dos (2) Copias del certificado de la asociación a la cual esté afiliado.
- Original y Dos (2) Copias de la constancia de inscripción de predios en el Registro de Propiedad rural. (Ley de Tierras).
- Propiedad Industrial
Requisitos:
- Original y Dos (2) Copias de la Cédula de Identidad laminada del propietario o representante legal.
- Original y Dos (2) Copias del Registro Mercantil.
- Original y Dos (2) Copias de la constancia de inscripción de la Cámara de Comercio.
- Original y Dos (2) Copias de la última declaración del Impuesto Sobre la renta (ISLR).
- Original y Dos (2) Copias de la solvencia de rentas municipales.
- Carnet Laboral para Trabajadores Temporeros
Requisitos:
- Edad mínima para los ciudadanos del género masculino 21 años y 30 años para el femenino.
- No estar en estado de gravidez.
- Original y Dos (2) Copias de la Cédula de Ciudadanía.
- Original y Dos (2) Copias certificado de antecedentes judiciales del Departamento Administrativo de Seguridad (D.A.S).
- Original y Dos (2) Copias certificado médico de Ministerio del Poder Popular para la Salud y Desarrollo Social. (M.P.P.S.D.S.).
- Dos (02) fotografía de frente tipo carnet.
- Cancelación en depósito bancario de uno coma cinco unidades tributarias (1,5 U.T.).
Nota:
Nota:
LOS DEPÓSITOS BANCARIOS DEBEN SER PERSONALIZADOS Y REALIZARSE EN LAS CUENTAS QUE APARECEN EN LA PAGINA WEB DEL SAIME (WWW.SAIME.GOB.VE) Números de Cuenta aquí
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